El conocimiento de frontera    

08/11/2021

Todos somos muy ignorantes.

Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas

Albert Einstein

A todos o casi todos los académicos nos gusta considerar que nuestras investigaciones son de frontera, y la sola palabra hace a algunos levitar, pero debemos de afrontar que ni toda la producción académica tiene que transitar por ese camino y, que gran parte de nuestras aportaciones no llegan a ese punto, ya que este requiere el ascender por diversos niveles de conocimiento. Sin embargo, las críticas como casi siempre, no son bien recibidas, y quienes entran al face to face del tema pueden ser caracterizados como demasiado obtusos, severos o exigentes

Hoy el conocimiento parece más recapitulativo, de revisión o compilatorio, solo basta con dar una mirada a una buena parte de las tesis y los libros en las bibliotecas universitarias. Esto nos recuerda que tenemos que encontrar el sentido y ánimo crítico que le permita avanzar a nuestras disciplinas.

Lo anterior nos lleva a preguntarnos ¿cualquier conocimiento es de frontera en el derecho? Esta pregunta ha sido polémica en la academia en donde nos hemos visto influenciados por lo relativo y lo convencional, incluso al día de hoy, el conocimiento de frontera es etiquetado desde cierta incontinencia ya que no existen consensos claros entre los juristas, con lo que las perspectivas acerca de un producto académico transitan desde las más laxas hasta las más severas.     

Desde mi consideración, el conocimiento de frontera se puede entender como el producto de una investigación de vanguardia, es decir, aquella investigación que se desarrolla en los límites de lo conocido/desconocido, y tiene por resultado un conocimiento novedoso que va a renovar lo que ya está establecido en un área determinada de la ciencia. 

Las investigaciones de frontera permiten aportar conocimiento nuevo, brindando resultados de avance significativos, genera nuevos paradigmas, nuevos enfoques, formas de pensar, nuevas cuestiones y planteamientos.

Ahora bien, los conceptos mencionados anteriormente: vanguardia y novedoso, son subjetivos, ya que estos no establecen estándares claros para diferenciar el conocimiento, por ejemplo, para mí puede ser novedosa la ponderación, el derecho energético o la teoría tridimensional, por ser mi primer acercamiento a los mismos, sin embargo, esto no necesariamente implica que puedan entenderse los tres como conocimientos de frontera, por lo que será importante mencionar algunas características que analizándose en su conjunto pueden ayudarnos para identificar esto último:

1. Abordan controversias o problemáticas serias de la comunidad científica.

2. Sus respuestas no provienen de lugares comunes.

3. Utilizan metodologías novedosas y conceptos atípicos, es decir, que se apartan de los tipos conocidos.

4. Proporcionan resultados inesperados que ponen en cuestión los paradigmas dominantes.

5. La solución que brindan es indispensable para ratificar o en su caso refutar el paradigma dominante de una ciencia.

En este sentido, es relevante mencionar que estas características son enunciativas más no limitativas, sin embargo, un importante número de investigaciones fronterizas responden al potencial para renovar o transformar el conocimiento, el cual se convertirá en el conocimiento de frontera.

En este tema es indispensable citar a Thomas Kuhn, autor del libro La estructura de las revoluciones científicas. En donde establece la idea de ciencia normal, que se contrapone a la idea del conocimiento de frontera y que definitivamente no produce investigaciones de vanguardia, porque señala que esta ciencia normal se producirá en un estado de calma en el saber científico, estado en que se aceptan y se trabajan los paradigmas ya establecidos. Cuando ese periodo de calma entra en crisis, necesitará de la transformación del conocimiento que se generará potenciando la investigación de frontera.

El conocimiento de frontera se define como el saber más desarrollado que cuestiona lo que ya se sabe y con el que se abren nuevos caminos para la resolución de problemas y su aplicación, por lo que el conocimiento de frontera tiene lugar en los bordes del conocimiento, cuestiona la metodología o el conocimiento previo con hipótesis arriesgadas e incluso, poco probables.

En esta última denominación es importante señalar que las investigaciones de frontera se dan cuando las ciencias se involucran o colaboran entre disciplinas y campos diferentes. Es así como aparece el surgimiento histórico de disciplinas, pues las primeras se sirven de otras, cooperan con otras y exploran los resultados.

En el derecho, la ciencia permite  facilitar al hombre la construcción de un posible orden social, en donde las fronteras del conocimiento son un quehacer cotidiano, que nos da herramientas que podemos accionar para resolver las cuestiones que enfrenta nuestra civilización,  pero la dificultad con la que se encuentra es que su objeto de estudio, la sociedad,  tiene cambios muy rápidos, es decir, cuando el hombre reflexiona sobre lo que el hombre hace y lo hace a través de un método para saber qué sucede en la sociedad, cómo, por qué y para qué, la realidad social se convierte en un objeto de estudio y explicarlo de una manera coherente y lógica constituye una teoría social, sin embargo, el problema radica en las teorías como edificios conceptuales hechos por el hombre, que posteriormente cambian con él mismo.

Es relevante mencionar que la carencia de estudios de frontera no es, en algunos casos, por la falta de voluntad. Llevar a cabo investigaciones de frontera no es una tarea fácil ya que existen varias problemáticas que se dan en la ciencia en general y por consecuencia también en las Ciencias Sociales y en el Derecho.

Entre dichas problemáticas, tenemos que el conocimiento de frontera va a desarrollarse fuera del área de confort que implica la mera divulgación de ideas, implica abordajes atípicos y requiere de definir una metodología.

Otra de las problemáticas que enfrentan las investigaciones de frontera es la falta de apoyos y financiamiento en esta área del conocimiento, así como la carencia de capacitación de los académicos. Por ello es una falacia argumentar que las investigaciones de frontera son una ciencia sin trabas y que su éxito está asegurado.

Finalmente, es imposible negar la existencia de un conocimiento de frontera en las ciencias, incluyendo al derecho, pero igual de necesario es distinguir que no todo conocimiento es de frontera, por más que tengamos esa corazonada. Lamentablemente hoy nuestro conocimiento de frontera camina entre las investigaciones descriptivas del divorcio incausado y los títulos de cambio, entre la retórica y la complacencia. Personalmente, desde una reflexión autocrítica, considero indispensable poder reflexionar acerca de lo trágico que resultaría para la academia basarse solo de trabajos de divulgación y, adicionalmente, darnos cuenta por más doloroso que sea, que los collages de ideas en papel no son ciencia de frontera.

 

Imagem Ilustrativa do Post: Statue of Justice - The Old Bailey // Foto de: Ronnie Macdonald // Sem alterações

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