Quiero morir siendo esclavo de los principios, no de los hombres
Emiliano Zapata
En la composición de cada Estado se concentra una gran variedad de riqueza cultural que constituye una sociedad diversa, con tradiciones o costumbres, las cuales deben ser respetadas desde su propia cosmovisión.
Es así que, dentro de algunas sociedades conquistadas se dio el mestizaje, al mismo tiempo que permanecieron los pueblos y comunidades originarias de esos Estados, quienes se enfrentan regularmente a la falta de reconocimiento, la segregación y la discriminación, y la vulneración de sus respectivos Derechos Humanos.
México se ha comprometido a nivel internacional a respetar los derechos humanos, de garantizar el bienestar social de los pueblos y comunidades indígenas, otorgando una sociedad más igualitaria, que este apegada a las nuevas formas de exigencias de la comunidad internacional.
En general puede considerarse que los pueblos y comunidades indígenas pueden identificarse como grupos en situación de vulnerabilidad, ya que han sido vulnerados en sus condiciones de pobreza, de bienes y servicios, de oportunidades laborales, infraestructura en los territorios y que a la falta de políticas públicas efectivas por parte del Estado provocan la vulnerabilidad de los pueblos y comunidades indígenas. La vulnerabilidad debe ser entendida en la exclusión de los derechos, condiciones, desigualdad y la falta de recursos de parte de los pueblos y comunidades, dañando el bienestar o la calidad de vida que se traduce en el deterioro de la dignidad humana, constitutiva del origen de los derechos humanos.
Entre los instrumentos internacionales que constituyen la protección se encuentran la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), que responde a las exigencias historias por parte de este sector, tal es el derecho a la autonomía o al autogobierno, el derecho a la salud y el control de sus recursos naturales; otro instrumento internacional de aplicación regional es la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada en 2016 por la Organización de Estados Americanos (OEA), donde se constituyen las condiciones mínimas de respeto de sus derechos humanos de los pueblos indígenas como son la libre autodeterminación, cultura y educación. Estos instrumentos son de carácter obligatorio para el Estado Mexicano, y debe acelerar los marcos jurídicos establecidos en México en materia de pueblos y comunidades indígenas.
En México se contempla un articulo constitucional destinado a la protección de los derechos humanos de pueblos y comunidades indígenas, que es el articulo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señalando el reconocimiento de dichos derechos, también la obligación del Estado en sus respectivos niveles de proteger a los pueblos y comunidades indicando a la vez ciertas responsabilidades al Estado. Una peculiaridad de estos derechos, son los de orden colectivo, que significa un reconocimiento a la personalidad colectiva de los pueblos indígenas.
A la postre, se aprobó una Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas salvaguardando una de las características de los pueblos, además que obliga a las autoridades estatales a reorganizar sus instituciones para una mejor protección de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo un mayor reconocimiento a nivel estatal. De igual forma, con la gran reforma de 2011 en materia de Derechos Humanos se volvió a expandir el catálogo de derechos provocando una mayor defensa de los pueblos y comunidades favoreciendo el principio pro-homine o pro-persona que consiste en aplicar la norma que mas favorece a la persona y con ello, el Estado también se obliga a subsanar las violaciones no solo graves sino todas las violaciones a los Derechos Humanos.
Por último, los pueblos y comunidades indígenas han vivido situaciones de vulneración y exclusión a sus derechos humanos, a las oportunidades de trabajo, la falta de acceso de salud y educación, así como de bienes y servicios por la falta de atención por parte del Estado y de la propia sociedad. Debemos de trabajar para generar una verdadera integración, de tal forma que puedan gozar de la protección de su identidad y dignidad, así como del reconocimiento de todos los derechos que debemos gozar como seres humanos.
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