Derecho, discurso jurídico y la tentación darwinista (Parte 1)

23/02/2018

"¿Tu verdad? No, la Verdad,
y ven conmigo a buscarla.
La tuya, guárdatela."

Antonio Machado

Una de las mejores metáforas sobre la actividad cultural, según Daniel Gascón, es el chiste de dos amigos que salen de un bar totalmente borrachos a altas horas de la madrugada:

«-Se me acaba de ocurrir una idea genial -dice uno-. ¿Por qué no nos abrimos un bar?

-Qué bueno -responde el otro-. Pero ¿y si nos va mal?

-Si nos va mal lo abrimos al público.»

A donde quiero llegar es a que creo que en el ámbito jurídico estamos asistiendo a un fenómeno de producción descarada donde surgen continuamente “nuevas” teorías que hay que «abrir al público» para estar a la última. Más allá de las cochambrosas opiniones subjetivas de una cultura de especialistas en la que cada uno posee su propia perspectiva fragmentaria y muy cerca de la omnisciencia, es evidente que algunas de estas teorías funcionan. Cada una a su manera y en uno u otro nivel, la característica principal de gran parte de esas innovadoras teorías es la pérdida paulatina de plausibilidad que subyace al hecho de dar la espalda a las grandes cuestiones científicas del presente y dedicarse únicamente a ejercer de forenses de las ideas de otros autores, a la prosaica y sosegada tarea de glosar, explicar y traducir repetidamente textos, discursos e teorías normativamente «correctas» en que los anhelos de unanimidad académica (y/o de lealtad disciplinar) superan toda motivación para apreciar con realismo maneras de pensar y actuar alternativas. Sobretodo, hay los que se consideran particulares y que huyen como de la peste de cualquier inquietud teórica que presuponga el conocimiento (empírico-científico) un poco minucioso de algún problema que ocurra más allá del juego mental de ideas.

Es lamentable, pero la teoría y la filosofía jurídica se caracterizan por un largo desfile de teorías basadas en «elucubraciones alucinadas» (J. Mosterín) que con el tiempo han ido revelándose como pasajeras y cayendo sucesivamente en el olvido, dada su inutilidad para explicar la realidad. Lejos de echar una mano en el esforzado combate de la ciencia contra la ignorancia y las falsas especulaciones, los juristas, los “científicos” y los filósofos del derecho continúan a descargar - ya que sus teorías insisten en no respetar las restricciones previstas por la evidencia empírica acumulada de investigación de las demás ciencias - más y más carretadas de mitos y falacias jurídicas.

De esta manera, dado que la gran mayoría de las teorías del momento no están soportadas por ninguna evidencia empírica firme que las valide, el desarrollo de conocimientos en el campo del Derecho poco o nada ha contribuido (o contribuye) para una comprensión más amplia y consistente del comportamiento humano.  No hay duda de que es fácil y entretenido jugar con las especulaciones y que a los juristas les encanta ofrecer sus ideas sin que nadie se los pida. Pero todo tiene su límite. El discurso jurídico actual parece haberse vuelto incapaz de autocorregirse, desarrollándose más como fe que como ciencia. Con excesiva frecuencia, cuando las teorías y la evidencia llegan a entrar en conflicto, son las teorías las que se han mantenido y la evidencia la que se ha descartado. 

Bajo un insano monopolio intelectual que domina de modo abrumador la enseñanza, la investigación, la práctica jurídica y el debate público se ha construido grandes edificios de teoría y metodología jurídica que no hacen justicia a la complejidad de la naturaleza humana y a la estructura y el funcionamiento material del cerebro humano como fuente de los instintos y las predisposiciones que condicionan las posibilidades de la acción humana, es decir, a los factores útiles que sirven para definir «quién somos», «de dónde venimos», «qué conocemos», «qué podemos hacer» y «cómo debemos actuar».

Seamos sensatos. Los agentes jurídicos, para proteger sus creencias de renegar del estudio del comportamiento humano y del Derecho los hechos basados en evidencia, tienen la costumbre de limitarse a hablar de explicaciones ajustadas a las coordenadas ideológicas de cada una de sus respectivas disciplinas y áreas de conocimiento. Una sucesión de discursos y teorías empíricamente irrealistas (ya sea acerca de la naturaleza del Derecho, del sistema jurídico, de los criterios de validez y aplicabilidad de las normas, de la interpretación de las formulaciones normativas, de la justificación de las decisiones jurídicas, del libre albedrío y la responsabilidad personal, de las reglas del juego jurídico establecidas por el ordenamiento mismo, etc...etc.) que ni siquiera considera la posibilidad de que no solo mientras no entendamos cómo es la naturaleza humana nos vamos a seguir equivocando, sino que además, siendo la moralidad y el Derecho un conjunto de estrategias biológicas y culturales para solucionar problemas de cooperación y conflicto en grupos humanos, exista una clase de explicación unitaria de base para la comprensión de la juridicidad en su proyección ontológica y metodológica.

La cuestión es que tal explicación unitaria de base existe. Desde el punto de vista teórico es posible imaginar una explicación que nos haga mirar algo de lo que los demás apartan la mirada, de pensar lo impensable y cuestionar lo incuestionable, uniendo los hechos aparentemente inconciliables de «lo social» y «lo natural», aunque exista poca posibilidad y esperanza de llevar a cabo este vínculo mientras se plantee como una guerra entre realidades incompatibles.

De hecho, existen numerosos modelos según los cuales cabe detectar la presencia en nuestra especie — esencialmente social— de ciertas estrategias socio-adaptativas que aparecieron gracias a que contribuían a la supervivencia, al éxito reproductivo y a la vida en comunidad. Es más, sin tales estrategias surgidas durante el largo periodo de nuestra historia evolutiva nuestra especie no hubiera conseguido prosperar.

 

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