Furtum Litis – Por Lorenzo Alvarez de Toledo

13/09/2017

"Bajo el imperio del nacional socialismo, el Estado asumía el deber de resolver las pretensiones del ciudadano alemán mediante una sentencia, siempre motivada, pero no necesariamente después de un proceso."

Richard Grumberger.  Historia social del Tercer Reich

Después de casi treinta años ejerciendo la judicatura, el Magistrado del Nº 9, Don Cayo Marco Ruptus, está esperando un retiro razonable. Un puesto en alguna de las secciones de más reciente creación de la Audiencia Provincial de León o, mejor, en la Sección de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.   Está cansado de luchar, como él dice, en primera línea de combate, lidiando con abogados que con solo dar dos teclas a sus modernos sistemas informáticos redactaban un recurso lleno de referencias jurisprudenciales, de justiciables que llegaban al Juzgado convencidos -por sus abogados- de que tenían la razón absoluta y de que si no se les daba, sería por prevaricación del Juzgador o por negligencia en el estudio del caso; de Procuradores que consideraban que lo más importante que el Juzgado tiene que hacer es entregarles puntualmente sus malditos mandamientos de devolución...

Irremisiblemente enamorado de sí mismo, Don Cayo está convencido de ser, ante todo, un Juez constitucional. Se ríe para sus adentros y para sus afueras de los abogados más mayores, que no han estudiado la Ley Fundamental de 1.978, sino las Leyes fundamentales promulgadas en la época del Generalísimo; y de ellos dice, dándose ínfulas de vanguardista: "Esos estudiaron con las Partidas del Rey Alfonso y, sin embargo, sus demandas tienen poco de sabias. Aunque eso sí, están llenas de paridas."  Y luego se rompe a reír con algún estrépito mientras hace girar sus dedos índice y anular en "V". "Partidas, paridas. Partidas, paridas ¿Lo coges?"

Y por lo mismo, Don Cayo detestaba a Don Raimundo, uno de los Letrados más veteranos y, aunque no le guste reconocerlo, avezados y diestros en la lidia jurisdiccional.

Don Raimundo Malamuerte era un Letrado muy celoso de sus obligaciones defensivas. El apasionamiento y vehemencia que ponía en la apología de sus convicciones llegaba a molestar a los sufridos y estoicos Jueces de León, inclinados a pensar en su mayoría que la principal función del abogado era la de servirles de "colchón" frente a las -naturalmente- apasionadas actitudes del Hombre de la Calle.

Don Cayo no ha logrado ni una sola vez que Don Raimundo llegue a un acuerdo transaccional con el abogado de la parte contraria. Y esto al Magistrado del Nº 9 siempre le ha reventado. Aspira a no dejar que terminen por sentencia más de cuatro asuntos de cada diez, por lo que seis de cada diez deben concluir con un acuerdo transaccional, normalmente inspirado por él.

Don Cayo tiene una enorme capacidad de trabajo, pero desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, al quedar convertido en Juzgado de Primera Instancia, se ha reafirmado en su convicción de que cualquier mal acuerdo es mejor que una buena sentencia.

"Una solución aceptada por las partes", dice, con aire de impartir un magisterio superior, "es más beneficiosa que la Sentencia como acto coercible."

Al repartirse al Juzgado Nº 9 la demanda de liquidación del régimen de gananciales de Don Ignacio Milojos, dueño de un par de hamburgueserías y regente del establecimiento de ortopedia "El manquete" contra su ex - esposa Doña Magdalena Samaniego, propietaria de la mitad de los establecimientos de comida rápida de León, Don Cayo se acuerda ruidosamente de los ascendientes del Juez Decano, más o menos hasta el eslabón perdido. Si hay algo que Don Cayo deteste mas que a un abogado, esto es un periodista. La separación y las incidencias de la liquidación del patrimonio ganancial de los dos magnates es un bocado apetitoso para los cronistas de la alta sociedad leonesa, gacetilleros de tres al cuarto que se aproximan sonrientes a la fuente de la noticia, con la misma expresión con que un escualo le preguntaría a una sardina "¿Comemos juntos?"

El caso llegaría sin duda a la prensa. Don Cayo sabe que, tarde o temprano, en el momento en que a una de las partes vea el asunto torcido, lo pondrá en conocimiento de los noticieros y tendrá que contestar a las preguntas de los príncipes del Cuarto Poder.

Sin leer apenas el Suplico de la demanda, se dirige con apresuramiento al pie del documento para saber el nombre del Letrado firmante.

¡A ver, Pilar!, le grita a la funcionaria. ¡Mírame qué numero de colegiado tiene Don Bernardo Baboso Rastrero!"

La eficiente funcionaria tarda apenas unos segundos en consultar el "Libro Rojo del Cole".

"Es el Nº 3.255, Don Cayo"

"Ah, gracias".

El Magistrado calcula que un Letrado con un número tan alto no llevaría mas de un año de ejercicio profesional y se frota las manos. Siendo un colegiado joven, no tendrá dificultad en hacerle ver las bondades de una solución amistosa.

Cuando, días después del emplazamiento del marido de Doña Magdalena, se persona en nombre de ésta el Letrado Don Raimundo, al Juez sufre un repentino trastorno de los tramos más bajos de su aparato digestivo. Las tripas siempre se le revuelven cuando sufre un importante revés. Le suele ocurrir cuando la Audiencia le revoca una sentencia, así que la forma de existir de sus intestinos es la de una prolongada e inacabable convulsión.

El día señalado para el acto de la Vista Don Cayo da instrucciones al agente judicial, como tiene por costumbre, para que los letrados de las partes -y solo ellos- pasen a su despacho antes de entrar en sala.

Los Letrados se han puesto sus togas para la ocasión a pesar de que están avisados de que Don Cayo es amigo de las entrevistas en privado. Don Bernardo llega primero. Golpea con algún resquemor la puerta del despacho. "Mal asunto", se dice el Magistrado, al advertir que los Abogados de las partes no llegan juntos. "Todavía no han dialogado o han terminado mal".

Don Cayo le invita a pasar y a sentarse e inicia un monólogo sobre los muchos errores que alberga la Ley de Enjuiciamiento Civil.   El joven letrado asiente a todas sus observaciones, como si se hubiera leído la Ley entera. Don Raimundo llega dos minutos después, justo a tiempo para escuchar el estribillo de un largo rugido intestinal. El olfato le avisa del desorden gástrico que está sufriendo el inquilino del despacho.

 Don Cayo le invita igualmente a sentarse frente a su mesa, al lado de su joven colega.  Y luego va directo al núcleo del problema.

"Mirad, me he tomado la molestia de examinar con atención vuestros escritos y he visto que la diferencia que os separa es poca y que no sería difícil que llegaseis a un acuerdo en este caso."

"Pero, Señoría", protesta de inmediato Don Raimundo. "¡Si hemos solicitado la desestimación total de la demanda! ¡Se nos está reclamando la mitad de los negocios de Doña Magdalena, que son privativos y no gananciales!   Ella los heredó de su madre."

Don Cayo se ajusta las gafas sobre el puente de la nariz y aproxima las comisuras de los labios a las orejas cuanto puede en una sonrisa que quiere ser amable.

"Vamos, vamos, Raimundo. Nos conocemos desde hace muchos años. Yo se que lo que escribe un letrado en sus escritos no es necesariamente lo que le pasa por la cabeza. El lema de un abogado es <>. Estoy seguro de que un Abogado de tu experiencia ha meditado antes de formular su planteamiento. Te habrás dado cuenta de que, después de veintinueve años de matrimonio, los negocios de comida rápida que forman parte del grupo "MAGDALENA S.A." no son los mismos que los que tu cliente heredó en su día. Se han incorporado muchas sucursales y mejoras en los establecimientos antiguos."

Don Raimundo se revuelve en su asiento. Nunca le ha gustado que le tuteen, y el hecho de que lo haga un Magistrado que no soporta el mismo trato le parece oprobioso.

"Señoría, no sabe cómo me molesta oír en su boca las mismas palabras que he tenido que leer en la demanda."

Don Cayo se pone en guardia. Sus intestinos sufren la percusión del golpe dialéctico y se defienden con una nueva ventosidad que no pasa desapercibida al fino olfato de los Letrados. ¿Me estará acusando de imparcial?", se dice internamente el Juez.

"Pero, Raimundo", le dice Don Cayo. "¿No te das cuenta de que el camino que has emprendido puede llevarte a una andadura de mas de diez años? La liquidación del patrimonio de los esposos no puede evitarse. La parte que no esté conforme con la liquidación que haga yo en la sentencia apelará sin dudarlo ante la Audiencia Provincial, y la que resulte perjudicada por la sentencia de la audiencia acudirá al Tribunal Supremo."

"Señoría, le ruego que termine con esta entrevista que no tiene ningún sentido. Tengo la certeza de tener la razón y si careciera de confianza en la Justicia no tendria puesta esta toga."

Don Cayo empieza a acariciarse los bigotes en "W" que le harían parecerse a Dalí si no fuera por la redondez de su rostro. Es un síntoma claro de su creciente irritación.

"No se por qué tienes que ver las cosas así ", vuelve al ataque. "Solo os pido que adelantéis a vuestros clientes mediante un acuerdo amistoso una solución que puede tardar años en llegarles a través de una sentencia ejecutable".

Don Cayo aprovecha una inflexión del tono del final de su propia frase para liberar una nueva flatulencia. Ninguno de los Letrados se da cuenta, ahora, en el acaloramiento del momento.

"Señoría", le replica Don Raimundo "Por el respeto que debemos a las partes, le ruego que, si no pone fin a esta entrevista, que está fuera de lugar, debería dejar entrar a Don Ignacio y a Doña Magdalena. A lo mejor ellos se encuentran en mejor disposición que nosotros para entender la necesidad de que alcancen ese acuerdo."

"No lo creo.   Me imagino que, después de una separación sonada, tendrán que reprocharse tantas cosas.....  Mas bien me parece que ustedes podrían transmitirles mi propuesta, de forma adecuada..."

El Letrado joven llega a levantarse de su asiento y lo retira tímidamente con la pierna derecha, para dirigirse hacia la puerta situada detrás de él, pero su colega le detiene con gesto autoritario.

"¿Quiere decir, silenciando que la decisión ya está tomada?"

El Magistrado aprieta los labios en una línea dura y clava sus ojos en los de Don Raimundo.

"¿Me equivoco, o hay algo de sarcasmo en esa observación?"

"Es que yo, Señoría, ya he expuesto mi punto de vista en la contestación a la demanda. Los negocios de Doña Magdalena no pueden ser liquidados y nada tiene que compartir con quien fue su esposo, porque los heredó y los explotó durante años antes de contraer matrimonio con Don Ignacio. Son privativos y no gananciales."

Don Bernardo, todavía con los manos en los brazos de la silla, en ademán de levantarse, abre la boca para combatir este aserto, pero se le adelanta el Magitrado.

"Quiero que salgan ambos de este despacho y dialoguen con sus clientes. En la demanda se atribuía un valor total a los negocios de Doña Magdalena de cuatrocientos mil euros. Soy comprensivo y puedo entender que Doña Magdalena no dispone de un efectivo de doscientos mil euros para entregar a su ex-marido, pero tú, Raimundo, estás en mejor situación que yo para valorar su situación económica. La verdad es que no me produce ningún complejo admitir que la decisión ya está tomada. Así es. Le puedes decir de mi parte a Doña Magdalena que va a ser condenada a pagar el importe de la mitad de su patrimonio empresarial y que si no se muestra razonable en este momento, concluyendo una amigable transacción, puede perder mucho más de lo que necesita para rehacer su fortuna."

"Eso es inadmisible. Nos está hurtando el proceso, Señoría"

Don Cayo respira hondo antes de contestar. Se siente ofendido y obligado ahora a llamar la atención al Abogado que ya abiertamente le acusa de algo mucho más grave que de un involuntario error "in procedendo"

"Sepa, señor letrado, que el Estatuto de la Abogacía impone a los colegiados el deber de comportarse con el máximo respeto ante los jueces encargados de impartir Justicia. Está usted violando esa preceptiva que se encuentra obligado a cumplir en cualquier fase o estadio del proceso."

Don Raimundo siente un leve cosquilleo en el dedo meñique de la mano izquierda que se expande hacia el tórax, y experimenta una cierta dificultad respiratoria. Ahora se siente más cómodo con el nuevo tratamiento de "Sepa, señor Letrado...."

"Sepa, Señoría, que lo que está ocurriendo esta mañana en su despacho no tiene que ver nada con el proceso, ni con la Justicia.   Así que no me siento obligado a mostrar ningún respeto hacia una oferta que, viniendo de quien viene, solo puede ser insultante."

"¡Esto es intolerable!", exclama el Magistrado

"¡Esto....esto es... una putada!", le replica el abogado

El Señor Magistrado se levanta indignado y se retira las gafas de su nariz aguileña, como si se dispusiera a recibir en ésta un brutal impacto. Y sostiene las lentes en ademán de defensa con temblor parkinsoniano de su siniestra. El Señor Juez está dispuesto a permitir al Letrado una salida airosa, pero no a soportar una injuria.  Pero ni hay embate ni empate.    El Letrado se encoge en la toga y vuelve la cabeza hacia la puerta.

"¿Así que piensa que lo que hemos hablado no tiene nada que ver con el proceso?" -le espeta Don Cayo.

Ahora el Abogado experimenta una clara sensación de ahogo. Lo que nació en su meñique como un hormigueo ha pasado a ser reconocible a la altura del codo como un dolor que pasa a agudo. Pero no va a revelarlo.

"Nada. Nada con un proceso público. Y la Constitución establece la publicidad, Señoría. El artículo 24, que Su Señoría suele mencionar quince o veinte veces en cada sentencia, consagra el derecho de las partes a un proceso público. Y el art. 120, que nunca cita porque no le conviene, dispone que las actuaciones judiciales deben ser públicas... Pero Sus Ilustrísimas Señorías, nos meten en su despacho y sin luz ni testigos nos dicen que ya han tomado su decisión.    Ya.   Sin admitir nuestras pruebas, nuestras conclusiones, nuestras..." -Don Raimundo se lleva ambas manos al costado izquierdo y baja la cabeza antes de continuar hablando-    "Dígame, con Jueces tan listos como Sus Señorías, ¿Para qué hace falta el proceso?"

"¡Basta! ¡El conductor del proceso, soy yo!"

La verdad es que en este caso a Don Raimundo le falta algo de razón. Lo ocurrido en el despacho del Juez Marco Ruptus sí es "público", porque sus voces, propagadas por los pasillos de la planta segunda del palacio de Justicia, son escuchadas por Don Ignacio, Doña Magdalena y los buitres expectantes de sus hijos, que aguardan en el pasillo; por dos policías locales que esperan su turno para ser interrogados como testigos de un delito de atentado y por el "Sobrino del Diablo" que se dirige animosamente al Juzgado de Guardia a poner una denuncia contra el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Así que en cierto sentido se ha cumplido en este caso el mandato constitucional de publicidad.

Don Ignacio está encantado de que el Magistrado del Nº 9 haya asumido el sostén de su pretensión. Se promete que la próxima vez que el Juez lleve a sus hijas a la hamburguesería de la Calle Burgo Nuevo, tendrá que hacerle un descuento más que razonable.

Don Raimundo, aquejado de un súbito doctor pectoral, tiene que ser atendido por los medicos forenses, los cuales se niegan a hacer un diagnóstico de urgencia y llaman a una ambulancia. Morirá esa misma noche en la unidad de atención a cardíacos, sin recobrar la consciencia.  Doña Rosario, su viuda, tendrá que preguntarse durante años por qué el ultimo nombre de mujer que su marido pronunció, entre delirios, fue el de "Magdalena".

Pero la última voz que se oye en los pasillos es, naturalmente, la de Don Cayo.

"¡Basta!   ¡El conductor del proceso, soy yo!"

No pronunciará ninguna otra palabra. Para él esto es lo esencial, lo que resume todo.  Su grito es un acto de defensa de lo suyo, su libertad y su capacidad para juzgar a sus semejantes. Solo un acto de defensa, algo parecido al reflejo del perro que al verse acometido por otro de mayor tamaño, se tiende en el suelo y le ofrece el cuello....  o el mono que se vuelve ante el Jefe del grupo y le ofrece la grupa para ser montado.  Se pasea su mano derecha por el vientre rugiente.   Ahora reina la paz en sus intestinos, que se limitan a afirmar su existencia y su vacuidad con suaves retortijones.    Solo necesita aflojarse un poco el cinturón para sentirse mejor, y lo hace sin pudor mientras baja con urgencia los últimos escalones que le separan del "Hall" del Palacio de Justicia.

En la Calle, a la altura del "Dunia", le esperan los periodistas.

"¡Señor Juez, señor Juez! ¿Qué nos puede decir del asunto de Doña Magdalena?  Queremos saber si las hamburgueserías de la ciudad van a cambiar de manos.

"Apartaos, hienas", contesta Don Cayo, adelantando las palmas de las suyas en ademán de preservar su derecho a la propia imagen.  La reportera rubia retira la cámara, pero tiene una iluminación y pulsa con energía el "rec" de su grabadora.

"Voy a tirarme un pedo de ocho puntos en la escala de Richter".

Los pantalones del Juez Marco Ruptus se expanden en un seísmo breve y liberador cuando cumple su amenaza. Y la amenaza queda en el aire.

*          *          *          *

Había una vez dos hermanas, una de ellas muy buena y la otra muy mala. La hermana buena trabajada como empleada domestica en casa de unos señores muy ricos que la pagaban su sueldo religiosamente y la tenían en gran estima y consideración porque sabían que podrían ausentarse de la casa en la confianza de que mientras la asistenta se encontrase en ella, cuidando de los niños, de dos y cuatro años de edad, estos estaban seguros y bien cuidados y alimentados.

Un día, sin embargo, al regresar a casa después del trabajo, la señora comprobó que le faltaban todas las joyas de oro que guardada en un joyero de su habitación. Sus hijos no podían haber sido los autores de la sustracción, porque el mayor tenia cuatro años y ni siquiera sabia subir solo a la habitación de sus padres, en las dependencias de la planta superior. Así que, inmediatamente, los señores ricos despidieron a la hermana buena y formularon una denuncia penal contra ella.

Ante el Juzgado de Ciudad Real se siguió un Procedimiento Abreviado por delito de hurto con circunstancia agravante de abuso de confianza, y pocos días antes del juicio, la hermana buena devolvió parte de las joyas, las de mayor valor, y manifestó su disposición a prestar conformidad.

En el acto del juicio la hermana buena reconoció haber sustraído las joyas, y aceptó su responsabilidad como autora de un delito de hurto con circunstancia agravante de abuso de confianza, aceptando las penas que se le impusieron, entre ellas la de dos años de prisión.

La sentencia, dictada por un Juez que estaba enamorado de la Justicia, y de su profesión, y que creía que nunca había metido en prisión a un ciudadano inocente, quedó firme en el propio acto del juicio al manifestar el fiscal y las partes, al Juzgado, su decisión de no recurrir.

Y días después se planteó en ejecución de sentencia, la siguiente cuestión: como la hermana buena era buena, no tenia antecedentes penales; la pena era susceptible de suspensión condicional de la pena por su duración; pero había un inconveniente para otorgar la suspensión condicional de la pena, y es que había sido condenada a pagar a los señores ricos doce mil euros en concepto de indemnización por las joyas no recuperadas, y no disponía de esa cantidad de dinero. Así que, en recta aplicación del art. 81 del Código Penal, el Juez enamorado de su profesión denegó la suspensión condicional de la pena de la pena e ingresó a la hermana buena en la cárcel.

Y cuando la hermana buena llevaba ya dos semanas en la cárcel, se presentaron ante el Juez enamorado de su profesión y de la Justicia, la hermana mala, y sus dos padre, cada uno de ellos sosteniendo una oreja de su hija mala, diciendo que había sido ésta, y no la hermana buena, la que había sustraído las joyas, en una visita que le había hecho a aquella en la casa donde trabajaba, y sin que la hermana buena tuviera conocimiento de ello.

Visto retrospectivamente, el caso presentaba un gran interés desde el punto de vista tanto humano como profesional, ya que la hermana buena se había sacrificado por la hermana mala porque ésta sí tenia antecedentes penales y hubiera ingresado en prisión, aunque se hubiera podido pagar la indemnización por alas joyas no recuperadas, las que la hermana buna había ya malvendido o cambiado por droga. Pero lo irónico, tristemente irónico, era que, de haberse condenado a la hermana mala, a ésta se le habría preciado la reincidencia, peor no en cambio la circunstancia agravante  de abuso de confianza, porque no conocía de nada a los empleadores de su hermana. La agravante de abuso de confianza fue un “plus” de injusticia que la hermana tuvo que soportar para que su hermana mala, que era quine en justicia lo merecía, no ingresase en la cárcel.

Naturalmente, el Juez enamorado de su profesión, que era quien habla, expidió inmediatamente un mandamiento de libertad y formó testimonio de la comparecencia de los padres y de la hermana mala –que confesó inmediatamente, aquella misma mañana, como habían ocurrido los hechos, exculpando de forma absoluta a la hermana buena– para su remisión al Juzgado de guardia.

Pero la hermana buena ya había pasado dos semanas en prisión y el juez enamorado de su profesión había hecho lo que nunca pensó que tuviera que hacer, que es meter a un ser humano inocente en prisión.

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Imagem Ilustrativa do Post: Scales of Justice Lawyer// Foto de: Allen Allen // Sem alterações

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